Suspensión de la pensión de alimentos cuando el hijo mayor de edad cursa estudios en el extranjero
No son pocas las ocasiones en las que, después de producirse el divorcio, alguno de los progenitores tiene que abonar una pensión de alimentos a su hija/o durante años, incluso habiendo cumplido esta/e la mayoría de edad. Como es sabido, indiferentemente de si la custodia se ha establecido en favor de uno solo de los progenitores como si es guarda y custodia compartida, puede darse la circunstancia de que se tenga que abonar la citada pensión de alimentos a favor de la hija/o, estableciéndose la misma en función de la situación de desequilibrio económico entre progenitores . Asimismo, puede darse la situación de deber seguir satisfaciendo la pensión de alimentos cuando la/el hija/o ha cumplido la mayoría de edad, si esta/e carece de ingresos propios por causas ajenas a su voluntad. Esta es la situación que se produjo en un caso en el que ambos progenitores habían realizado un convenio regulador de mutuo acuerdo en el que se establecía la guardia y custodia monoparenta...