¿Qué pasa con la indemnización por despido de uno de los cónyuges si se disuelve la sociedad de gananciales?
Como se exponía en anteriores publicaciones, la sociedad de gananciales es aquel régimen económico mediante el cual " se hacen comunes para los cónyuges las ganancias o beneficios obtenidos indistintamente por cualquiera de ellos, que les serán atribuidos por mitad al disolverse aquella ." (art. 1344 Cc), debiendo diferenciar entre g ananciales (salarios, rentas, deudas…) y privativos (bienes adquiridos con anterioridad, bienes heredados…), siendo los gananciales los que se dividirán por mitad entre los cónyuges, una vez se disuelve el matrimonio. Sin embargo, existen varias situaciones en las que puede darse la controversia de cuándo se considera obtenida la ganancia o beneficio, si en el momento en el que aún estaba vigente el matrimonio o después de la disolución del mismo. Sobre este caso se ha pronunciado la Audiencia Provincial de Lugo en su Sentencia 454/2020, de 7 de octubre, en el que, antes de llevarse a cabo el divorcio, uno de los...